Requisitos para acceder a beneficios en tarifas de luz y gas para clubes de barrio

Los clubes que forman parte del Registro Nacional de Clubes de Barrio y Pueblo pueden acceder a una tarifa especial para los servicios, según lo establece la Ley 27098.

La Subsecretaría de Deportes de la Nación actualizó el Sistema Unificado de Gestión de Clubes para que las instituciones ya inscriptas y las que quieran ingresar al sistema puedan acceder a los beneficios. Con el relanzamiento del Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo se actualiza el beneficio tarifario para los servicios de gas natural y de electricidad.

El Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo tiene como objetivo identificar y clasificar a cada club de barrio y de pueblo. Los clubes allí registrados podrán acceder a una tarifa especial para los servicios de electricidad y de gas natural por red, según lo establece la Ley 27098. Esto implica que los clubes podrán recibir estos beneficios en sus tarifas, los clubes que se encuentran en zonas frías tienen un 50% de descuento adicional sobre todos los conceptos del precio del gas.

Para realizar la inscripción, se deberá ingresar al Sistema Unificado de Gestión de Clubes a través de la web https://clubes.yvera.tur.ar/ donde se les otorgará un número de identificación con el que podrán acceder a los beneficios. Aquellos clubes que ya se inscribieron previamente deberán actualizar su información ingresando con el mismo usuario y contraseña otorgados.

Podrán inscribirse al Registro, las entidades que sean asociaciones civiles sin fines de lucro, las que posean personería jurídica vigente y domicilio legal en la República Argentina; que acrediten una antigüedad mínima de tres (3) años desde su constitución formal y que tengan una cantidad mínima de cincuenta (50) asociados y una máxima de dos mil (2.000) socios al momento de la inscripción.

Para poder realizar la inscripción en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo, las instituciones deberán presentar la siguiente documentación:

  • Constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) vigente.
  • Estatuto o acta constitutiva, completo y continuo en su foliatura

(Puede ser cargada en original o copia certificada por Escribano Público, autoridad municipal o provincial relacionada con el deporte, Juez de Paz de la localidad).

  • Certificado de Personería Jurídica vigente.
  • Última acta de designación de autoridades, vigente (puede ser cargada en original o copia certificada por Escribano Público, autoridad municipal o provincial relacionada con el deporte y/o Juez de Paz de la localidad).
  • Copia de Documento Nacional de Identidad del presidente de la institución (frente y dorso del DNI, preferentemente en la misma página).

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