Argentina avanza con la implementación obligatoria de la receta electrónica
Sera a partir del 1 de Julio.
El Ministerio de Salud de la Nación de Argentina ha dado un paso significativo en la modernización del sistema de salud al reglamentar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para la implementación obligatoria de la receta electrónica. A través del Decreto 345/2024, publicado recientemente en el Boletín Oficial, se establecen lineamientos claros para la adopción de este sistema digital en todo el país.
La medida, que entrará en vigor el 1 de julio, tiene como objetivo principal integrar y estandarizar las plataformas digitales existentes en el sistema de salud, definir un diccionario nacional de medicamentos y garantizar un seguimiento más eficiente del tratamiento de los pacientes.
Algunas claves importantes de esta reglamentación incluyen la identificación de los profesionales autorizados para prescribir, la creación de un Registro Nacional de Soluciones Informáticas que abarque tanto los softwares de emisión de recetas electrónicas como los utilizados por las farmacias, la implementación de un Diccionario Nacional de Medicamentos y el establecimiento de protocolos para la comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas.
En cuanto a la venta de medicamentos, se establece que esta debe realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable, y podrá acordarse por canales electrónicos determinados por la farmacia, con el compromiso de garantizar un traslado seguro conforme a los requisitos aplicables.
Las farmacias tendrán la responsabilidad de archivar y guardar las recetas digitales durante un período de tres años, lo que asegura un registro adecuado y la posibilidad de rastrear la dispensación de medicamentos en el tiempo.
Esta medida representa un avance significativo en la digitalización del sistema de salud argentino, que no solo facilitará el acceso a los medicamentos, sino que también permitirá un seguimiento más preciso y eficiente de los tratamientos médicos.
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