El Gobierno Nacional establece límites a los aumentos en cuotas de medicina privada

El porcentaje es en relación con lo pagado en diciembre.

En una medida destinada a proteger a los usuarios de servicios de salud privados, el Gobierno ha detallado un marco regulatorio para limitar los aumentos en las cuotas de medicina privada. La normativa establece que el valor de referencia para aplicar los incrementos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, sin importar la fecha de pago o facturación.

Según lo especificado por la Secretaría de Comercio, las cuotas no podrán superar el valor del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicado por uno, más la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación y el mismo índice correspondiente a diciembre de 2023.

Este control se traduce en un ajuste máximo del 93,3% para las cuotas de abril y del 114,6% para las de mayo, reflejando la inflación acumulada entre noviembre y febrero para abril, y entre noviembre y marzo para mayo.

La medida, aplicable hasta septiembre, abarca a todos los asociados de las empresas incluidas en la tutela anticipada dictada por la Secretaría de Industria y Comercio, entre las que se encuentran OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán y Hospital Británico.

En caso de negativa por parte de las empresas a respetar estos límites, los usuarios tienen la posibilidad de comunicarse al 0800-666-1518 o enviar un correo electrónico a consultas@consumidor.gob.ar. Además, se ha establecido que el incumplimiento de estas regulaciones podría resultar en multas diarias equivalentes al 0,1% de la facturación del grupo económico, según lo establecido en la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia.

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